Lo dice el artículo 35 del famoso Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. (El del canon; en este dictamen sobre obras de arquitectura lo explican, en el pto 81-83)El título de la publicación sería: "Lo que la SGAE quiere y no puede cobrar" y los beneficios irían destinados a todos los damnificados por las ocurrencias de este grupete de sinvergüenzas.
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